La conducción de vehículos a motor o ciclomotores bajos los efectos del alcohol es probablemente uno de los factores de riesgo más comunes implicados en los accidentes de tráfico. Por ello el Código Penal establece una condena penal por la conducción bajo bebidas alcohólicas.
Este delito se comete por la mera constancia en el conductor de la tasa superior a 0,60 mg/l de alcohol en aire espirado o superior a 1,2 g/l en sangre, mediante el procedimiento legalmente establecido de verificación de alcoholemia en el sujeto. Es obligatorio someterse a dichas pruebas, pues en caso de negativa podría suponer un delito de desobediencia.
Por tanto, superada dichas tasas se comete infracción penal, no siendo necesario que el Agente pruebe la influencia del alcohol en el conductor. No obstante, se deberá hacer constar en el atestado los síntomas que presenta el conductor, así como los datos sobre el modo de conducir o maniobras efectuadas irregulares.
Este delito se comete solo por quien sea el conductor del vehículo y exista un riesgo para la seguridad vial. No es, por tanto, infracción quienes aún no se hubiesen subido al vehículo o este no estuviese en marcha.
La condena penal por alcoholemia prevista es de tres a seis meses de prisión o multa de seis a doce meses, o bien una pena de trabajos en beneficios de la comunidad de 31 a 90 días. En todo caso, la sanción lleva aparejada la retirada del permiso de conducción de un un año hasta cuatro años. Para los casos de conformidad con los hechos, dichas penas se rebajan en un tercio.
Cuando es la primera vez que se detiene a un conductor por este delito, y siempre que no haya habido lesiones o víctimas, lo habitual es que por parte del Ministerio Fiscal se solicite sólo el pago de una multa y la retirada del carnet.
Pero, ¿qué es lo que ocurre si la tasa de alcohol en el conductor está por debajo de los indicados en el Código Penal?. Para estos casos habrá que valorar la prueba en su conjunto, es decir: si el Juzgado aprecia que el conductor se encontraba afectado por el consumo de bebidas alcohólicas y que tenía sus facultades psicofísicas y psíquicas mermadas, podría ser igualmente condenado.
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