El jurado popular ha cumplido veinte años. Dos décadas en las que poco a poco ha ido perdiendo presencia en los tribunales. De hecho, el número de asuntos que se tramitan por la Ley del Jurado se ha reducido a la mitad desde finales de los años noventa, según datos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).
La causa, según cuenta El País, que cita fuentes del CGPJ, se debe a “una interpretación más restrictiva de aquellos casos que pueden ser resueltos con un tribunal ciudadano”.
Desde que se implantó la ley en 1996, se han juzgado más de diez mil casos con jurado popular. Canarias y Galicia son las comunidades autónomas donde se ha registrado el mayor número, mientras que en el otro lado de la tabla se sitúan Aragón y Extremadura.
Según Lawpress, las sentencias del Tribunal del Jurado han sido condenatorias en el 89,2% de los casos, un porcentaje que se ha mantenido estable a lo largo de todos estos años.
Dice Joaquim Bosch, de la asociación de Jueces para la Democracia, que es el jurado popular es una institución positiva porque supone “la participación de la ciudadanía en la Administración de Justicia”. Y es que según ha asegurado a El País, “el jurado popular comete el mismo tipo de errores que los tribunales profesionales”. Aún así, señala que se debería hacer una revisión de la ley para concretar qué hacer en aquellos procedimientos en los que concurren varios delitos.
El Tribunal del Jurado se compone de nueve ciudadanos que son los responsables de emitir un veredicto de culpabilidad o no culpabilidad. El es juez el que dicta la sentencia.
Para poder emitir un veredicto de culpabilidad son necesarios al menos siete votos a favor, mientras que en el caso de decidirse por la no culpabilidad, tan solo se necesitan cinco.